Preguntas frecuentes
¿Quien otorga las ayudas a la mejora de la eficiencia energética?
El programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas es uno de los cinco pilares sobre los que se articula el plan de rehabilitación integral residencial dotado con 3.420 millones de euros del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Las comunidades autónomas son las encargadas de ejecutar el reparto de las ayudas a través de convocatorias públicas mediante el procedimiento de concurrencia simple, es decir, por riguroso orden de presentación de las solicitudes hasta el agotamiento de los fondos. Así, los gobiernos regionales fijan los plazos para solicitar las subvenciones y deciden si se abonan por anticipado o al final del proyecto, consulta las condiciones especificas de tu región aquí.
¿Quién puede beneficiarse de las ayudas?
Las ayudas van dirigidas principalmente a propietarios, usufructuarios y arrendatarios de viviendas. Sólo se financiarán las actuaciones que se realicen en los domicilios habituales y permanentes de los propietarios, usufructuarios o arrendatarios.
¿Qué tipo de actuaciones se subvencionan?
Los requisitos e intensidad de las ayudas varían en función de si se trata de una vivienda o un edificio y además pueden variar en función de las convocatorias específicas de cada región. En términos generales:
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Vivienda: Todas aquellas actuaciones en las que se alcance una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos un 7% o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%. ¿Quieres conocer ejemplos concretos? Visita nuestro blog.
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Edificios de uso predominante residencial: Todas las actuaciones de mejora o rehabilitación siempre que se obtenga como mínimo una reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética. Este mínimo varía en función del área climática donde se encuentre el edificio:
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Zonas D y E: 35%
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Zona C: 25%
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Zonas A y B: 20%
Zonas climáticas. Fuente: Pinterest.
¿Quién puede tramitar la solicitud de ayuda?
El destinatario último, o en caso de que exista, el agente o gestor de la rehabilitación.
¿Qué pasos hay que seguir para solicitar la ayuda?
El procedimiento por el que tienes que solicitar la ayuda, así como los documentos que tienes que entregar u otras condiciones específicas dependen de cada comunidad autónoma. Por lo tanto, dependiendo de la ciudad donde vives tendrás que revisar la documentación que se te pide en cada una y si hay algún otro tipo de condición a tener en cuenta, por eso te recomendamos que contactes con un agente rehabilitador, podemos ayudarte aquí.
¿Cúal es el plazo de presentación?
Nuevamente depende de cada organismo concedente, pero por lo general, estas convocatorias estarán abiertas hasta el día 30 de junio de 2026 (obras finalizadas) o hasta agotar los fondos.
¿Son deducibles en el impuesto de IRPF el coste de las obras de mejora de la eficiencia energética?
Sí, de acuerdo con las condiciones del articulo 1-Dos del RDL 19/2021, de 5 de Octubre.
Para más información puedes consultar: Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas
¿El importe de la ayuda de esta convocatoria grava el impuesto del IRPF?
No, de acuerdo con las condiciones del artículo 1-Tres del RDL 19/2021, de 5 de Octubre.